Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre el acoso laboral

El acoso laboral, también conocido como hostigamiento laboral, mobbing o bullying laboral, es un problema frecuente en México y causa miles de renuncias cada año. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía lo ha establecido como una de las principales razones por las que los trabajadores mexicanos dejan su trabajo. Es por eso que es importante conocer lo que dice la Ley Federal del Trabajo al respecto.

¿Qué es el acoso laboral según la Ley Federal del Trabajo?

El artículo 3 Bis de la Ley Federal del Trabajo define el hostigamiento laboral como el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas. Es decir, se trata de un comportamiento reiterado y prolongado en el tiempo que causa daño a la salud, la dignidad, la integridad física o moral de la víctima.

El acoso laboral, por tanto, es un tipo de violencia laboral que se presenta en diversos ámbitos y formas, y afecta no solo a la salud del trabajador o trabajadora, sino también a su desempeño y seguridad en el trabajo.

¿Hay disposiciones específicas en la Ley para el acoso laboral?

La Ley Federal del Trabajo establece que el hostigamiento laboral es una realidad para muchos trabajadores mexicanos y describe algunas obligaciones de los empleados respecto al hostigamiento o acoso laboral. Sin embargo, es importante señalar que no existe una ley específica que regule el acoso laboral como tal.

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A pesar de ello, la Ley es clara en cuanto a la prohibición de actos inmorales, hostilidad, agresión sexual y acoso sexual en el trabajo. También establece que la violencia laboral es un problema sistemático en las empresas mexicanas, por lo que es necesario prevenirla y erradicarla de los centros de trabajo.

Causas de despido por acoso laboral

De acuerdo con el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, la realización de actos inmorales, la hostilidad hacia los demás y la agresión o acoso sexual en el trabajo es causa de despido. En otras palabras, si un trabajador o trabajadora ejerce conductas de acoso laboral, el empleador tiene la facultad de despedirlo.

Por otro lado, el artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo establece que faltas a la integridad o al honor, actos de violencia o amenazas son causas de rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el trabajador.

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La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo defiende y tutela la igualdad de oportunidades entre trabajadores y trabajadoras frente al patrón. Su objetivo es propiciar el trabajo digno y decente en todas las relaciones laborales y evitar que se reproduzcan los roles y estereotipos de género que inciden en la desigualdad, la exclusión y la discriminación laboral.

En caso de sufrir violencia o discriminación laboral, se recomienda acudir a PROFEDET con elementos probatorios para que se determine su procedencia previo estudio y análisis del asunto.

Casos específicos de acoso laboral

El acoso laboral puede presentarse en diversas formas y niveles. Según quien haga el papel de acosador, existen cuatro tipos de acoso laboral: vertical, horizontal, ascendente verticalmente y mixto o complejo.

En el acoso vertical descendente, el agresor es la figura de autoridad (jefe, supervisor, gerente) y la víctima es un subordinado o subordinada. En el acoso horizontal, tanto el agresor como la víctima son compañeros de trabajo en una misma jerarquía laboral. En el acoso vertical ascendente, la víctima es la figura de autoridad y el agresor es un subordinado o subordinada. Y en el acoso mixto o complejo, hay más de un agresor y/o víctima, y se presenta en diversas formas y niveles.

Es importante estar alerta a cualquier muestra de acoso laboral en el lugar de trabajo, ya que puede afectar la salud física y mental, la autoestima, el rendimiento y desarrollo profesional de la víctima.

Prevención del acoso laboral

La prevención del acoso laboral es fundamental para crear un entorno laboral seguro y saludable para todos los trabajadores. Una buena gestión del acoso laboral implica, entre otras cosas:

  • Identificar: es importante identificar situaciones de acoso laboral o violencia laboral en el ambiente laboral.
  • Prevenir: las empresas deben tomar medidas preventivas para evitar el acoso laboral, tales como políticas de cero tolerancia ante el acoso, programas de capacitación en igualdad de género y diversidad, y mecanismos de denuncia.
  • Intervenir: en caso de detectar alguna situación de acoso laboral, es importante intervenir a tiempo para evitar que la situación empeore.
  • Promover: una cultura organizacional inclusiva y respetuosa, en la que se promuevan valores como la igualdad, el respeto y la no discriminación.

Prueba ante la violencia o discriminación laboral

En caso de sufrir violencia o discriminación laboral, es necesario recopilar elementos probatorios para que se determine la procedencia del caso. La Ley Federal del Trabajo señala que como medio de prueba ante la violencia o discriminación laboral, se pueden presentar documentos, fotos, videograbaciones, grabaciones de voz, cualquier otro que se genere consulte, procese o modifique por medios electrónicos y enviados a través de un mensaje de datos, así como testigos.

Es importante conocer los derechos y obligaciones establecidos en la Ley Federal del Trabajo para prevenir y erradicar el acoso laboral en los centros de trabajo. Solo así se puede asegurar un ambiente laboral seguro, saludable y libre de violencia.