¿Quién es el suscrito en una demanda?

Cuando hablamos de términos legales, es común que nos encontremos con palabras que, aunque no formen parte de nuestro lenguaje cotidiano, son necesarias para comprender algunos procesos. Uno de estos términos es suscrito, la primera conjugación irregular del verbo suscribir.

Sobre el Diccionario de la lengua española

El Diccionario de la lengua española, publicado por la Real Academia Española, es considerada la obra lexicográfica más importante de nuestra lengua. La última edición de este diccionario, la vigesimotercera, fue publicada en octubre de 2014. La elaboración de este diccionario fue el resultado de la colaboración de las veintidós corporaciones integradas en la Asociación de Academias de la Lengua Española (ASALE).

El uso del término “suscrito” en jerga legal

El término suscrito en jerga legal significa “el abajo mencionado” (por escrito), pero es una palabra extraña, arcaizante y latinizante. En Colombia se utiliza la fórmula legal “El suscrito, Fulano de Tal, identificado con cédula de ciudadanía No. XXX, declara: . . . . .”.

¿Quién es el suscrito?

Al hablar de demandas, es común encontrarnos con el término “suscrito”, lo que puede causar cierta confusión a aquellos que no están familiarizados con este término. El suscrito en una demanda es la persona que firma al pie de la misma. De esta forma, aquellas personas que suscriben una demanda son, a su vez, los suscritos.

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Las expresiones utilizadas en constancias, certificaciones y documentos similares

Además de la palabra suscrito, existen otras expresiones que se utilizan en constancias, certificaciones y documentos similares. Algunas de estas expresiones son:

  • El que suscribe: En este caso, la persona que firma el documento se define como “el que suscribe”.
  • El abajo firmante: Esta es otra forma de referirse a la persona que firma el documento.
  • El infrascrito: Esta expresión es utilizada como una forma arcaica de referirse a la persona que firma al final de un escrito.

Firmante vs. suscrito vs. infrascrito

Es importante destacar que firmante es el participio activo de “firmar”, mientras que suscrito e infrascrito son participios pasivos.

En este sentido, mientras que el firmante es aquel que realiza la acción de firmar un documento, suscrito e infrascrito se refieren a la persona que aparece al final de un escrito o documento.

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Es importante mencionar que, según el DRAE, algunos participios pasivos pueden admitir una interpretación activa. En este sentido, es posible que en el futuro se acepte el uso de suscrito con el sentido de “el que suscribe”.

La opinión de Pepito sobre la palabra suscrito

Tanto el uso de suscrito como el de infrascrito suelen generar algunas dudas. Al respecto, es interesante la opinión de Pepito, quien asegura que si los abajo firmantes suscriben un documento, lo que queda suscrito es el documento, no las personas.

Si bien esta afirmación puede sonar confusa, Pepito tiene razón en cuanto a que el término “suscrito” hace referencia al documento en sí mismo, no a la persona que lo firma.

¿Es correcto el uso de “suscrito” en la fórmula legal?

El autor del artículo cree que el uso de la palabra suscrito en la fórmula legal es incorrecto, ya que puede generar confusión y es una expresión arcaica que se aleja del lenguaje cotidiano.

A pesar de esto, es importante mencionar que este término es aceptado por notarios y jueces. De esta forma, aunque no sea la expresión más clara o fácil de entender, es una expresión que se encuentra en uso en el ámbito legal.

Conclusión

Como hemos visto, el término suscrito puede generar algunas confusiones, especialmente en el ámbito legal. Sin embargo, es importante destacar que se trata de una expresión que se encuentra en uso y que debe ser comprendida en su contexto.

En este sentido, es importante tener en cuenta que, aunque el uso de suscrito y otras expresiones arcaicas puede generar confusión, es necesario seguir utilizando un lenguaje claro y preciso en los documentos legales.

Al final, lo que importa no es la expresión que se utilize, sino la claridad del mensaje y la comprensión del mismo por parte de todas las partes involucradas en un proceso legal.