El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ofrece diferentes modalidades de aseguramiento, cada una con sus propias características y alcances. Entre ellas, destaca la Modalidad 32, también conocida como Seguro Facultativo, que está destinada a aquellos que no tienen un trabajo formal pero desean contar con protección médica.
El acuerdo presidencial que establece la prestación de servicios médicos a estudiantes
Antes de adentrarnos en los detalles de la Modalidad 32, es importante mencionar que existe otro sector que también puede tener acceso a los servicios médicos del IMSS: los estudiantes del Sistema Educativo Nacional.
De acuerdo con el acuerdo presidencial del 9 de junio de 1987, el IMSS presta servicios médicos a los estudiantes que forman parte del Sistema Educativo Nacional, ya sea en el nivel medio superior o superior. Esto incluye a aquellos que cursan bachillerato, licenciatura, especialidad, maestría, doctorado, opciones terminales previas a la conclusión de la licenciatura y la educación normal en todos sus niveles y especialidades, sin importar su edad.
Para determinar la cuota que los estudiantes deben pagar por este servicio, el Consejo Técnico del IMSS emitió los acuerdos 1041/87 y 1313/87 los días 15 de junio y 12 de agosto de 1987, respectivamente.
La Modalidad 32: ¿qué incluye?
Volviendo a la Modalidad 32, es importante aclarar que está orientada a aquellos que no están afiliados al IMSS de forma obligatoria, es decir, que no tienen un empleo formal o no pueden ser incluidos en la afiliación de algún familiar.
Esta modalidad ofrece protección en el seguro de enfermedades y maternidad, con derecho a recibir atención médica, quirúrgica, de hospitalización y farmacéutica. Además, es importante mencionar que esta protección se extiende a padecimientos preexistentes; es decir, aquellos que el asegurado tenía antes de contratar la Modalidad 32.
Otro aspecto a destacar de esta modalidad es que no contempla el pago de prestaciones en dinero, como pensiones o subsidios económicos. La protección se limita exclusivamente a los servicios médicos mencionados anteriormente.
El Decreto del 14 de septiembre de 1998 y la ampliación de la protección
Aunque la Modalidad 32 es una opción interesante para aquellos que buscan protección médica pero no están afiliados al IMSS de forma obligatoria, hay algunas limitaciones en cuanto a quiénes pueden contratarla.
Para ampliar el espectro de protección, el Decreto del 14 de septiembre de 1998 incorporó al régimen obligatorio del Seguro Social a las personas que cursen estudios de nivel medio superior y superior en instituciones educativas del Estado y que no tengan la misma o similar protección por parte del propio instituto o cualquier otra institución de seguridad social.
Esto significa que los estudiantes que no tienen otra forma de afiliación a la seguridad social pueden acceder al IMSS de manera obligatoria, con lo que tendrán acceso a todas las prestaciones que contempla el régimen obligatorio, incluyendo la protección en caso de riesgos de trabajo o incapacidad permanente.
En el caso de aquellos que sí tienen una afiliación al IMSS de manera obligatoria, pero requieren una protección adicional, pueden contratar la Modalidad 32 para complementar su afiliación inicial.
Los diferentes regímenes y modalidades del IMSS
Para comprender mejor la Modalidad 32 y su alcance, es importante contextualizarla en el marco de los diferentes regímenes y modalidades que ofrece el IMSS.
La Ley del Seguro Social establece que existen dos regímenes: el obligatorio y el voluntario.
En el régimen obligatorio se encuentran las personas que presten servicios remunerados de forma personal y subordinada, los socios de sociedades cooperativas y las personas determinadas por el Ejecutivo Federal. En este régimen, las prestaciones contemplan la protección en caso de riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida, y retiro, así como los servicios sociales y culturales que ofrece el instituto a sus afiliados.
Por otro lado, en el régimen voluntario pueden estar trabajadores independientes y los patrones personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio, entre otros. Dentro de este régimen existen diez modalidades diferentes, cada una con sus propias características y alcances.
Como ya hemos mencionado, la Modalidad 32 se destina al seguro de salud para aquellos que no tienen un empleo formal o no tienen una afiliación a la seguridad social a través de algún familiar. Además, existen otras modalidades con fines específicos:
Modalidad 33: Seguro de Salud para la Familia
Destinada a aquellas personas que no tienen un empleo formal pero desean contar con protección médica. Ofrece derecho a recibir atención médica, quirúrgica, farmacia y hospitalización, pero no da derecho a Infonavit, subsidios económicos o incapacidades, servicio de guardería ni pensión. Se trata de una protección enfocada exclusivamente en la salud.
Modalidad 34: Seguro para Trabajadoras y Trabajadores del Hogar
Brinda protección en contingencias específicas para aquellos trabajadores que laboran en casas particulares. La cobertura incluye enfermedades, maternidad, riesgos de trabajo, invalidez y vida, y actualmente se está discutiendo la inclusión de la pensión en esta modalidad.
Modalidad 35: Régimen Obligatorio Patronal
Los patrones personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio cuentan con la cobertura del Seguro de Riesgos de Trabajo, por lo que deben pagar la cuota correspondiente a la prima asignada para su actividad patronal. Esta modalidad no está enfocada en la protección de la salud, sino en la prevención de riesgos laborales.
Modalidad 36 y 38: Régimen Solidaridad en Seguridad Social
Estas modalidades están concebidas para trabajadores al servicio de los gobiernos de los estados y solo brindan protección en seguridad social en algunas contingencias. No dan derecho a prestaciones en dinero y la protección se centra en contingencias específicas, como el riesgo de trabajo.
Modalidad 40: Incorporación a la Seguridad Social
Brinda protección en seguros específicos, sin derecho a prestaciones en dinero. En esta modalidad se contemplan riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, y retiro.
Modalidad 42: Talón de Pago
Esta modalidad brinda protección a trabajadores al servicio de las administraciones públicas federal, estatal o municipal, en todos los seguros, con derecho a recibir prestaciones en dinero.
Modalidad 43: Incorporación Voluntaria al Campo
Enfocada en la protección de los trabajadores rurales, brinda protección en los seguros de enfermedad y maternidad, invalidez y vida, y vejez, pero sin derecho a prestaciones en dinero.
Modalidad 44: Incorporación Voluntaria de Trabajadores Independientes
Dirigida a aquellas personas que trabajan por cuenta propia, esta modalidad brinda protección en los seguros de enfermedad y maternidad, invalidez y vida, y vejez, pero sin derecho a prestaciones en dinero.
Conclusiones
La Modalidad 32 es una excelente opción para aquellos que buscan protección médica y que no están afiliados al IMSS de forma obligatoria. Ofrece derecho a recibir atención médica, quirúrgica, de hospitalización y farmacéutica, además de protección en padecimientos preexistentes.
Es importante mencionar que esta protección se limita exclusivamente a los servicios médicos mencionados anteriormente, y que no contempla el pago de prestaciones en dinero.
Asimismo, existen otras modalidades con fines específicos que ofrecen protección en contingencias específicas o que están enfocadas en sectores laborales específicos. Conocer las opciones disponibles es fundamental para elegir la modalidad de aseguramiento que mejor se adapte a nuestras necesidades.